5 mar 2015
Sistemas de iluminación obligatorios
Para poder transitar por la vía pública sin problemas, los vehículos deberán contar con los siguientes sistemas y elementos de iluminación:
- Faros de carretera, delanteros de luz blanca o amarilla en no más de dos partes, de alta y baja iluminación.
- Luces de posición que indiquen su longitud, ancho y sentido de marcha desde cualquier punto de observación (delanteras de color blanco o ámbar, posteriores de color rojo, laterales de color ámbar a cada costado e indicadores diferenciales de color blanco).
- Luces direccionales intermitentes de color ámbar, delanteras y posteriores.
- Luces posteriores de color rojo que se enciendan al accionarse el mando del freno de servicio o principal.
- Luz blanca para iluminar la placa de rodaje.
- Luces blancas para retroceso de acuerdo al diseño de fábrica.
- Luces intermitentes de emergencia que incluyan todas las luces indicadoras de giro, delanteras posteriores y laterales.
- Sistema de destello de luces frontales.
Suscribirse a:
Enviar comentarios
(
Atom
)
No hay comentarios :
Publicar un comentario